¿Qué pasa cuando la empresa en la que trabajas es comprada por otra empresa?

Feb 28, 2019

Hoy en día no es raro que los empresarios vendan su empresa, o una parte de ella, a otra. Pero, ¿qué ocurre con los empleados? ¿Qué pasa cuando la empresa en la que trabajas es comprada por otra empresa? En SRJ Abogados Bilbao te damos alguna de las claves para resolverte las dudas más comunes.

La Ley General de la Seguridad Social y el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores protegen a los empleados en el caso de que la empresa en la que se trabaja cambie de dueños. Concretamente establece que se deben mantener tanto el salario como la antigüedad, amparando los derechos de los empleados ante una subrogación empresarial.

Pero, ¿me pueden despedir?

La respuesta es no, legalmente hablando por lo menos. Pueden despedirte, pero entraría dentro de los supuestos en los que ese despido tendría la consideración de improcedente por lo que tendrían que compensar mediante una indemnización al empleado del que prescindan.

 

¿Mi contrato seguirá siendo el mismo?

No, como adelantábamos previamente la nueva empresa debe subrogarse a las condiciones establecidas por la anterior, por lo que debe asumir cualquier condición de trabajo  que estuviera establecida de antemano.

 

¿Y si me bajan el sueldo?

No pueden. Lo mismo que ocurría en el punto anterior, están obligados por la Ley General de la Seguridad Social y el Estatuto de los Trabajadores a respetar tu contrato y todo lo que en él se establezca, incluido el salario.

Si, pese a esto que comentamos, los antiguos dueños hacen la trampa de bajarte el sueldo antes de la subrogación de la nueva empresa, esto sería motivo de peso para presentar una denuncia al respecto, y tanto el empresario antiguo como el nuevo tendrían que hacerse cargo de las deudas de una manera solidaria hasta tres años después de la subrogación de la empresa.

 

¿Qué pasa con el Convenio Colectivo?

En teoría hasta que se establezca un nuevo Convenio se debe respetar el que estuviera aprobado previamente. Después, bien por negociación o bien porque el Convenio a expirado entrará en vigor uno nuevo con los acuerdos a los que se haya llegado.

 

¿Y si quiero marcharme de la empresa?

Puedes hacerlo. Tienes derecho como en cualquier otra empresa o circunstancias. Cursas la baja voluntaria y listo. Aunque, obviamente la baja voluntaria supone asumir que renuncias a la indemnización y tampoco estarás en situación legal de desempleo, por lo que no tendrás derecho a cobrar el paro.

 

Además, en SRJ Abogados Bilbao cualquiera de nuestros abogados estará a tu disposición para asesorarte en todo lo que necesites.

 ¡NO TE QUEDES CON LAS DUDAS!

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