¿Qué es la Reagrupación Familiar?

Feb 7, 2020

Las personas que residen en España que no son originariamente españolas desean, muchas veces, tras ganar cierta estabilidad en el país, traer a sus familiares más cercanos (hijos, padres, cónyuge,…), este hecho es, precisamente, en lo que consiste la reagrupación familiar.

¿Quién puede solicitar la reagrupación familiar?

El reagrupante es aquel miembro de la familia que tiene residencia legal en España y quiere reagrupar a sus familiares, denominados reagrupados.

Pero, obviamente, con la intención no es suficiente, se deben cumplir algunos requisitos entre los que se encuentran los siguientes:

  • Haber residido en España por un periodo mínimo de un año.
  • Tener un permiso para residir en nuestro país durante, al menos, otro año más.
  • El reagrupante debe disponer de una vivienda adecuada.
  • Tener medios económicos suficientes. 

¿Y cuánto se consideran medios económicos suficientes?

Los medios económicos para acreditar que se puede reagrupar y mantener a los familiares es del 150% del IPREM para unidades familiares de dos miembros (799€). Esto es, reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se exige disponer de un 50% más del IPREM (266€) adicionales.

¿Y cómo se demuestra esto? Aportando en la solicitud de la reagrupación familiar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, mientras que si es autónomo, además de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.

¿A quién se puede reagrupar?

  • Hijos del reagrupante o del cónyuge. 
  • Ascendientes de primer grado del reagrupante o de su cónyuge.
  • Cónyuge o aquella persona con la que mantenga una relación análoga de afectividad.

Para que esta reagrupación familiar pueda realizarse, es imprescindible acreditar que ese miembro de la familia ha estado a cargo del reagrupante o su pareja mientras estos residían en España. 

¿Qué significa que el familiar haya estado a cargo del reagrupante?

Entre los requisitos que requieren para poder llevar a cabo una reagrupación familiar, se encuentra que dicho familiar haya dependido económicamente del reagrupante.

Y, ¿cómo se demuestra esta dependencia económica? A través de envíos de dinero, especialmente. Aunque las autoridades no definen una cantidad de dinero mínima, si es recomendable que la cantidad enviada sea suficiente para que pueda subsistir en su país de origen.

Los envíos de dinero para poder realizar la reagrupación familiar se tienen que haber dado durante los últimos 24 meses (2 años).

Es importante que los envíos de dinero a los familiares se haga a través de agencias autorizadas a fin de que se pueda demostrar el envío del mismo mediante los comprobantes de las transacciones, ya que estos comprobantes se tendrán que aportar posteriormente en la solicitud de reagrupación familiar.

¿Y si la persona que quiero reagrupar está ya en España?

En ese caso, es importante acreditar gastos. Además del empadronamiento familiar debe presentar comprobantes y facturas que demuestren que se ha hecho cargo de este pariente, como viajes, cursos, tarjeta de transporte, gastos médicos u otros.

Si te surgen dudas al respecto sobre el permiso de residencia por reagrupación familiar en España u otros temas, puedes hacérnoslo saber comentando las noticias subidas al Blog o bien en el apartado de “PREGÚNTANOS” de nuestra página web.

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